¿Qué hacen los Procuradores?
Seguir el proceso, estar pendientes de todos los pasos y tener informados al cliente y a su abogado.
Responsabilizarse de todos los trámites: recibe y firma los emplazamientos, citaciones, notificaciones, etc.; asiste a todas las diligencias y actos necesarios del pleito. Todo ello en representación y a favor de su cliente.
Transmitir al abogado todos los documentos e instrucciones que lleguen a sus manos.
Pagar los gastos que se generen a instancia del cliente y dar cuenta documentada de los mismos.
LA RELACIÓN ENTRE EL TRIBUNAL Y EL CLIENTE SE HACE A TRAVÉS DEL PROCURADOR
¿A que está obligado un procurador?
A colaborar con los órganos jurisdiccionales en la Administración de la Justicia.
A defender con profesionalidad los intereses de sus representados.
A llevar documentalmente los datos precisos sobre los negocios que le haya sido encargados.
A representar a los litigantes sin recursos económicos en los casos provistos por la ley.
¿Cómo entrar en contacto con un procurador?
En el colegio correspondiente previa petición y selección por el interesado.
Según las recomendaciones del propio abogado.
Por turno de oficio a requerimiento del Juzgado.
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